Seguros de salud - Incapacidad Temporal Total ( Baja Laboral )

 

Garantía de Indemnización diaria por Incapacidad Temporal Total garantiza el pago de una indemnización diaria si, como consecuencia de enfermedad contraída o accidente sufrido durante la vigencia de la Póliza y cubiertos por esta garantía, el asegurado sufre una Incapacidad Temporal Total entendiendo como tal ,el periodo en el que el asegurado no puede dedicarse a sus ocupaciones profesionales habituales, y además debe permanecer ingresado en un hospital o guardar reposo en su domicilio.

Garantía de Protección de Pagos, es una garantía obligatoria que sólo puede contratar el Asegurado Titular del Seguro de Incapacidad Temporal Total, que garantiza el pago de una cantidad equivalente al recibo mensualizado de la póliza de Indemnización, durante un periodo máximo de 6 mensualidades consecutivas o alternas al año, dentro de los límites y periodos de carencia establecidos en las Condiciones Generales de esta garantía, por cada 30 días consecutivos que el Asegurado Titular del Seguro de Incapacidad Temporal Total permanezca en una de las siguientes situaciones:

Desempleo; si es trabajador por cuenta ajena, con contrato laboral indefinido, excepto funcionarios

Incapacidad Temporal; si es trabajador por cuenta propia, resto de empleados por cuenta ajena y funcionarios.

La edad mí­nima de contratación de esta garantí­a es de 16 años y la edad máxima de 64.

Gran Dependencia por Accidente. La Entidad reembolsará el 100% de los gastos socio-sanitarios derivados del estado de Gran Dependencia del asegurado producido por un accidente, incluidos los gastos de adecuación del domicilio familiar, con un límite de hasta 12.954,2 euros. Se incluye siempre que los asegurados que tengan contratada la garantía de ITT y durante la vigencia de la póliza.

Prestaciones Especiales sin coste adicional:

Cirugí­a de la miopía, hipermetropía y astigmatismo. Se facilita a través de Servicios Concertados. Incluye aquellas técnicas quirúrgicas sobre la córnea mediante láser excimer, que permitan la corrección de la miopía, hipermetropía y del astigmatismo. El asegurado participará en el coste de los servicios.

Consulta Internacional. Facilita al asegurado la obtención de un segundo diagnóstico e información sobre los tratamientos más avanzados en los mejores centros hospitalarios a nivel mundial para casos de enfermedades relevantes.

Orientación Jurídica Telefónica. Permite al asegurado obtener asesoramiento telefónico sobre cualquier consulta legal, penal, civil, administrativa y laboral que pueda precisar.

Orientación Médica 24 horas.


Periodos de Carencia del Seguro de Incapacidad Temporal Total:

Enfermedad que requiera intervención quirúrgica, los primeros síntomas tienen que producirse una vez transcurridos 3 meses desde la fecha de efecto del asegurado en la póliza.

Para las restantes enfermedades, los primeros síntomas deben producirse una vez transcurrido 6 meses desde la fecha de efecto del asegurado en la póliza.

Para el riesgo de parto deben haber transcurrido 8 meses desde la fecha de efecto de la asegurada en la póliza.

Períodos de Carencia de la garantía de Protección de Pagos:

Cobertura de Incapacidad Temporal:

Enfermedad que requiera intervención quirúrgica, los primeros síntomas deben producirse una vez transcurridos 3 meses desde la fecha de efecto del asegurado en la póliza.

Para las restantes enfermedades, los primeros síntomas deben producirse una vez transcurrido 6 meses desde la fecha de efecto del asegurado en la póliza.

Para el riesgo de parto deben haber transcurrido 8 meses desde la fecha de efecto de la asegurada en la póliza.

Cobertura de Desempleo:

2 meses a contar desde el efecto de esta garantía, considerándose como fecha de comienzo de la situación de desempleo, aquella en la que el Asegurado tenga conocimiento por cualquier causa que se va a producir dicha situación de desempleo.

Solicitud de Presupuesto